El alquiler vacacional es algo cada vez más común, ya sea de forma tradicional o a través de aplicaciones como AirBnb, si quieres saber cómo te afectarán estos ingresos extra a la hora de declarar tus impuestos, aquí te damos unas pautas generales:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Si eres propietario de una vivienda y la alquilas a turistas o visitantes por un período corto de tiempo, los ingresos generados por estos alquileres están sujetos a IRPF. Debes declarar estos ingresos en tu declaración anual de la renta.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): Si alquilas una o varias propiedades de forma habitual y con fines lucrativos, es posible que tengas que darte de alta en el IAE y pagar el impuesto correspondiente. Esto dependerá de la actividad económica concreta y las características del alquiler, para asegurarte de ello puedes concertar una cita con nuestro despacho de asesores.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Los alquileres vacacionales también pueden estar sujetos a IVA en determinadas circunstancias. Si la vivienda se ofrece con servicios adicionales, como limpieza o desayuno, es posible que debas aplicar el IVA en tus facturas de alquiler. Si solo alquilas la vivienda sin servicios añadidos, es probable que estés exento de IVA.
Tasa Turística: En algunas comunidades autónomas, se aplica una tasa turística a los alojamientos turísticos, incluidos los alquileres vacacionales. Debes verificar si tu comunidad tiene establecida alguna tasa turística y cómo se debe declarar y pagar, o nosotros podemos hacerlo por tí.
Es importante tener en cuenta que las leyes fiscales pueden cambiar con el tiempo, por lo que te recomendamos siempre consultar con tu Asesor Fiscal para no tener problemas legales. En CM Grupo Asesor te atendemos de forma online o presencial con cita previa, puedes consultarnos siempre que necesites.
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